LAS SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO
En caso de no respetar los nuevos límites velocidad en las vías urbanas se puede incurrir en una infracción grave o muy grave. Esto supone que las multas pueden ascender desde los 100 hasta los 600 euros y que es posible perder incluso seis puntos del carné de conducir por estos supuestos.
Como ejemplo, si se circula una calle con un carril por sentido (tope de 30 km/h) a más de esa velocidad pero menos de 50, la multa ascendería a 100 euros y no hay pérdida de puntos. Pero si se circula a más de 80 km/h en una calle limitada a 30 km/h, ya no estaríamos ante una multa grave, sino una muy grave, y la sanción alcanzaría los 600 euros y la retirada de seis puntos del carnet.
En el caso de conductas irresponsables, que puedan llegar a considerarse delito contra la seguridad vial, se recoge en el artículo 379 del Código Penal que puede ser castigado “con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.