×

BASES DEL CONCURSO DE AGRUPACIONES INFANTILES / JUVENILES DEL CARNAVAL 2027.

CAPÍTULO 1: INSCRIPCIÓN
Artículo 1º. Plazo de inscripción y forma
Artículo 2º. Categorías
Artículo 3º. Adultos
Artículo 4º. El representante legal
CAPÍTULO 2: AGRUPACIONES
Artículo 5º. Modalidades
Artículo 6º. Comparsas
Artículo 7º. Murgas
Artículo 8º. Cuartetos
Artículo 9º. Coros
CAPÍTULO 3: CONCURSO
Artículo 10º. Fases
Artículo 11º. Sorteo
Artículo 12º. Repertorio
Artículo 13º. Tiempo de actuación
Artículo 14º. Rotaciones entre componentes
Artículo 15º. Figurantes
CAPÍTULO 4: PUNTUACIONES
Artículo 16º. Elementos puntuables
Artículo 19º. El tipo
Artículo 20º. Presentación
Artículo 21º. Pasodobles, tangos y cuplés
Artículo 22º. Estribillos
Artículo 23º. Parodia
Artículo 24º. Popurrí o tema libre
Artículo 25º. Puntuaciones totales
Artículo 26º. Fallo del jurado
Artículo 27º. Decorado
CAPÍTULO 5: EL JURADO
Artículo 28º. Composición del Jurado
Artículo 29º. Elección del Jurado
Artículo 30º. Funciones del Presidente del Jurado
Artículo 31º. Incompatibilidades
CAPÍTULO 6: PREMIOS
Artículo 32º. Premios por modalidad
CAPÍTULO 7: PENALIZACIONES
Artículo 33º. Penalizaciones muy graves
Artículo 34º. Penalizaciones graves
Artículo 35º. Penalizaciones leves
CAPÍTULO 8: OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 36º. Derechos de autor
Artículo 37º. Cabalgata y días de calle
Artículo 38º. Autorizaciones
Artículo 39º. Aceptación de las bases
Artículo 40º. Interpretación y cumplimiento de las bases
Artículo 41º. Disposición derogatoria
CAPÍTULO 1: INSCRIPCIÓN
Artículo 1º. Plazo de inscripción y forma
Se abre el plazo de inscripción desde el día 1 de octubre hasta el día 1 de diciembre de 2026.
Las inscripciones se realizarán en la oficina de festejos del Ayuntamiento de Isla Cristina.
En la ficha de inscripción se hará constar obligatoriamente:
a) Nombre de la agrupación, categoría y modalidad.
b) Nombre, apellidos, D.N.I., teléfono y correo electrónico del representante legal de la agrupación.
c) Nombre, apellidos, fecha de nacimiento y D.N.I. de todos los componentes.
d) Nombre, apellidos y D.N.I del autor o autores de letra y música.
e) Nombre, apellidos y número de cuenta de la persona que recibirá el ingreso del premio o subvención correspondiente; o nombre, CIF y número de cuenta de la asociación que recibirá el ingreso del premio o subvención correspondiente.
f) Tipo de decorado de la agrupación: telón, aplique o ambos.
En caso de coincidencia en cuanto al nombre de dos o más agrupaciones, tiene preferencia aquella que haya presentado la ficha de inscripción, debidamente cumplimentada, en primer lugar.
El nombre de la agrupación que conste en la ficha de inscripción será utilizado por la organización para su presentación en el concurso y en todos los documentos y actos que desarrolle. Además cada agrupación para poder obtener el premio o subvención tendrán que presentar CIF o DNI, certificado de deuda de hacienda y Seguridad Social y Certificado Bancario.
Artículo 2º. Categorías
Las agrupaciones se clasificarán en dos categorías, sirviendo de base la edad:
a) Categoría infantil: se aceptará a todo participante que tenga hasta 13 años cumplidos hasta el día de la final del carnaval de Isla Cristina (6 de febrero) con una excepción del 20%. Es decir:
• Comparsas y murgas: pueden llevar 3 componentes hasta 18 años.
• Coros: pueden llevar 10 componentes hasta 18 años.
• Cuartetos: pueden llevar 1 componente hasta 18 años.
b) Categoría juvenil: se aceptará a todo participante que tenga entre 13 y 18 años cumplidos hasta el día de la final del carnaval de Isla Cristina (14 de febrero) con una excepción del 20%. Es decir:
• Comparsas y murgas: pueden llevar hasta 3 voces, que o bien sean menores de 13 años o hasta 18 años, siempre y cuando estos últimos no sean componentes de ninguna otra agrupación.
• Coros: pueden llevar hasta 10 voces, que o bien sean menores de 13 años o hasta 18 años, siempre y cuando estos últimos no sean componentes de ninguna otra agrupación.
• Cuartetos: pueden llevar hasta 1 voz o interpretando, que o bien sea menor de 13 años o hasta 18 años, siempre y cuando éste último no sea componente de ninguna otra agrupación.
• Importante: si alguno de los componentes es mayor de 18 años solo podrán tocar algún instrumento, pero nunca cantar.
Artículo 3º. Adultos e infantiles
Se les permitirá a las agrupaciones un máximo de 5 adultos (+18 años), siempre y cuando su papel dentro de la agrupación sea tocar alguno de los instrumentos necesarios, en el caso de los coros serían un máximo de 10 componentes.
En las agrupaciones juveniles e infantiles, los adultos que participen solo serán para que toquen instrumentos, por lo que no podrán cantar. En los cuartetos, solamente estará permitido un solo adulto con instrumento, a excepción de la última cuarteta del popurrí que podrán ser dos adultos.
Artículo 4º. El representante legal
Es el único representante ante la organización y sus órganos competentes. Será el director o persona en quien él delegue, designado obligatoriamente en la ficha de inscripción.
Sus funciones y competencias serán las siguientes:
• Cumplimentar la inscripción al concurso. Este requisito implica la aceptación, por parte de la agrupación, de las presentes bases, lo que presupone su conocimiento previo.
• Debe entregar el repertorio completo de su agrupación antes del comienzo del concurso, únicamente en formato digital (PDF), en la dirección de correo carnavalislacristinaconcurso@islacristina.org.
CAPÍTULO 2: AGRUPACIONES
Artículo 5º. Modalidades
Las agrupaciones se clasificarán en comparsas, murgas, cuartetos y coros.
En todas las categorías, se competirá por modalidades (comparsa, murga, coro, cuarteto).
Artículo 6º. Comparsas
Las comparsas estarán integradas por un mínimo de doce (12) y sin número máximo de componentes en las inscripciones, siendo el número de actuantes un mínimo de doce (12) y un máximo de diecisiete (17).
Podrán llevar como instrumentos un máximo de tres guitarras, caja, caja china, bombo, platillos y pitos. En presentación, estribillo y popurrí pueden utilizar cualquier instrumento musical aparte de los ya permitidos (guitarras, caja y bombo), reservándose la Organización el derecho a limitar este uso cuando las circunstancias así lo requieran.
Artículo 7º. Murgas
Las murgas estarán integradas por un mínimo de once (11) y sin número máximo de componentes en las inscripciones, siendo el número de actuantes un mínimo de once (11) y un máximo de dieciséis (16).
Podrán llevar como instrumentos un máximo de dos guitarras, caja, caja china, bombo, platillos y pitos. En presentación, estribillo y popurrí pueden utilizar cualquier instrumento musical aparte de los ya permitidos (guitarras, caja y bombo), reservándose la Organización el derecho a limitar este uso cuando las circunstancias así lo requieran.
Artículo 8º. Cuartetos
Estarán integrados por un mínimo de dos (2) y sin número máximo de componentes en las inscripciones, siendo el número de actuantes un mínimo de dos (2) y un máximo de seis (6), siempre y cuando el sexto componente sea el adulto permitido para esta modalidad (solo podrá tocar un instrumento).
Los instrumentos que pueden llevar son los característicos de esta modalidad: pitos, claves y una guitarra. En el estribillo y las parodias, podrán utilizar instrumentos alegóricos al tipo que representen.
Artículo 9º. Coros
Los coros estarán integrados por un mínimo de veinticinco (25) y sin número máximo de componentes en las inscripciones, siendo el número de actuantes un mínimo de veinticinco (25) y un máximo de cincuenta y tres (53). En escena podrán aparecer menos del mínimo en algún momento puntual que precise la actuación de la agrupación, pero nunca podrán superar el máximo establecido en el apartado anterior.
Deberán llevar los instrumentos característicos de los coros (guitarras, laúdes, bandurrias). La orquesta estará compuesta por un mínimo de dos (2) y un máximo de doce (12) componentes. Podrán llevar guitarras, laúdes y bandurrias, teniendo siempre que estar presente, como mínimo, guitarra-laúd o guitarra-bandurria.
En presentación, estribillo y popurrí pueden utilizar cualquier instrumento musical aparte de los ya permitidos, reservándose la Organización el derecho a limitar este uso cuando las circunstancias así lo requieran.
CAPÍTULO 3: CONCURSO
Artículo 10º. Fases
El concurso constará una única fase desarrollada en tres días donde cada agrupación actuará en dos sesiones. No existirá fase eliminatoria.
Las sesiones deberán estar compuestas por un mínimo de 3 agrupaciones por sesión. La cantidad exacta dependerá del número de agrupaciones inscritas en el concurso.
Las sesiones tendrán lugar los días 22, 23y 24 de enero del 2027.
En caso de que el número de inscritos sea inferior a 10 agrupaciones, el concurso podría llevarse a cabo en dos únicas sesiones según establezca la Organización.
Artículo 11º. Sorteo
La Organización convocará a los Representantes Legales de todas las Agrupaciones para efectuar el sorteo de orden de actuación de todas las fases.
El sorteo se celebrará el día 2 de diciembre a las 19.30H en el edificio de Educación.
El sorteo fija el orden de actuación de las distintas agrupaciones y su resultado será inamovible. No obstante, el orden del sorteo podrá alterarse, siempre y cuando estén de acuerdo los representantes de ambas agrupaciones y con un plazo máximo de 24 horas.
En primer lugar, se sortearán todas las agrupaciones para conformar tres grupos (A, B y C). Posteriormente el reparto de las actuaciones de cada uno de los grupos quedará de la siguiente manera:
a) Sesión 1 (22 de enero): grupos A y B.
b) Sesión 2 (23 de enero): grupos B y C.
c) Sesión 3 (24 de enero): grupos C y A.
Artículo 12º. Repertorio
Las agrupaciones participantes están obligadas a presentar e interpretar durante el desarrollo del concurso un mínimo de dos pasodobles (o tangos, en el caso de coros) y dos cuplés, en el apartado de letras. Por lo que respecta a los cuartetos, el repertorio a interpretar será un mínimo de una parodia y dos cuplés, en el apartado de letras.
El repertorio debe ser original en cuanto a letra y música, a excepción de la presentación y el popurrí que podrán tener músicas conocidas.
El repertorio a interpretar en el concurso en cada modalidad será el siguiente:
a) Comparsas y murgas: presentación; dos pasodobles; dos cuplés engarzados, con sus correspondientes estribillos; y popurrí.
b) Cuartetos: parodia; dos cuplés engarzados, con sus correspondientes estribillos; y popurrí o tema libre.
c) Coros: presentación; dos tangos o pasodobles; dos cuplés engarzados, con sus correspondientes estribillos; y popurrí.
Artículo 13º. Tiempo de actuación
El tiempo máximo de actuación de cada agrupación participante en cualquier modalidad será de treinta minutos (30 min.), empezando el tiempo en escena a contar para todas las composiciones desde que se abran cortinas. Toda aquella agrupación que interprete (pasodoble/tango/ parodia a la canción de la Reina) tendrán un tiempo adicional de tres minutos (3 min. más) para poder interpretar dicha pieza, teniendo un tiempo total de treinta y tres minutos (33 min.) en escena.
En caso de que alguna agrupación realice a telón cerrado algún acto interpretativo, proyección audiovisual o cualquier otra acción que sirva de introducción a su actuación, el tiempo en escena empezará a contar desde que den comienzo dichas acciones y terminará de contar al cierre de cortinas o una vez que hayan finalizado su actuación.
Artículo 14º. Rotaciones entre componentes
Los componentes de las agrupaciones podrán rotar entre ellos libremente, dentro del máximo permitido por la modalidad. Los componentes que roten podrán permanecer en escena. Estos
no podrán emitir sonidos de manera voluntaria (hablar, cantar, tocar las palmas…) ni tocar instrumentos.
La tanda de cuplés con sus estribillos, se considerará una única pieza y deberá ser interpretada de forma íntegra, es decir, no se podrá rotar durante esta pieza. Lo mismo se aplicará también al pasodoble, que durante la interpretación del mismo tampoco estarán permitidas las rotaciones. Las rotaciones podrán realizarse dentro de una misma pieza únicamente en presentación y popurrí.
Las rotaciones de los componentes se realizarán por cualquiera de las dos zonas de bambalinas, teniendo que haber salido un componente antes de que aparezca el otro en escena.
Artículo 15º. Figurantes
Cualquier agrupación de las diferentes modalidades podrá llevar figurantes. Estos no podrán emitir sonidos de manera voluntaria (hablar, cantar, tocar las palmas…) ni tocar instrumentos. Los figurantes no podrán estar inscritos como componentes de las agrupaciones.
CAPÍTULO 4: PUNTUACIONES
Artículo 16º. Elementos puntuables
El Jurado del concurso será el encargado de valorar los siguientes elementos en cada una de las actuaciones de cada modalidad: tipo, presentación, pasodobles, tangos, cuplés, estribillos, parodia, popurrí o tema libre.
El jurado puntuará en cantidades enteras (sin decimales) y siempre de uno a diez puntos, teniendo cada apartado un peso específico sobre el total que se especificará a continuación en cada una de las piezas interpretadas.
Artículo 19º. El tipo
Se juzgará en su conjunto, valorándose de 1 a 10 puntos.
Para la valoración del tipo se tendrá en cuenta el decorado (telón, apliques…), disfraz y maquillaje.
Artículo 20º. Presentación
La presentación tendrá una puntuación mínima global de 1 punto y máxima de 10 puntos. Esta pieza será valorada teniendo en cuenta los siguientes aspectos de forma individual:
a) Letra (de 1 a 10 puntos).
b) Música (de 1 a 10 puntos).
c) Interpretación (de 1 a 10 puntos).
d) Afinación (de 1 a 10 puntos).
La puntuación final de la pieza será la media ponderada de los cuatro apartados anteriores de la siguiente manera:
a) Letra (30% de la puntuación).
b) Música (30% de la puntuación).
c) Interpretación (20% de la puntuación).
d) Afinación (20% de la puntuación).
Este apartado será valorado en todas las modalidades excepto en los cuartetos.
Artículo 21º. Pasodobles, tangos y cuplés
Los pasodobles, tangos y cuplés tendrán una puntuación mínima global de 1 punto y máxima de 10 puntos. Esta pieza será valorada teniendo en cuenta los siguientes aspectos de forma individual:
a) Letra (de 1 a 10 puntos).
b) Música (de 1 a 10 puntos).
c) Interpretación (de 1 a 10 puntos).
d) Afinación (de 1 a 10 puntos).
La puntuación final de la pieza será la media ponderada de los cuatro apartados anteriores de la siguiente manera:
a) Letra (30% de la puntuación).
b) Música (30% de la puntuación).
c) Interpretación (20% de la puntuación).
d) Afinación (20% de la puntuación).
Este apartado será valorado en murgas y comparsas por medio del pasodoble; en coros por medio de tangos o pasodobles; y los cuplés para todas las modalidades.
Artículo 22º. Estribillos
Los estribillos serán valorados en conjunto con cada uno de los cuplés, es decir, la puntuación del primer estribillo irá ligada a la puntuación del primer cuplé y lo mismo con el segundo.
Este apartado será valorado en todas las modalidades.
Artículo 23º. Parodia
La parodia tendrá una puntuación mínima global de 1 punto y máxima de 10 puntos. Esta pieza será valorada teniendo en cuenta los siguientes aspectos de forma individual:
a) Letra (de 1 a 10 puntos).
b) Interpretación (de 1 a 10 puntos).
La puntuación final de la pieza será la media ponderada de los cuatro apartados anteriores de la siguiente manera:
a) Letra (60% de la puntuación).
b) Interpretación (40% de la puntuación).
Este apartado será valorado en la modalidad de cuarteto.
Artículo 24º. Popurrí o tema libre
El popurrí tendrá una puntuación mínima global de 1 punto y máxima de 10 puntos. Esta pieza será valorada teniendo en cuenta los siguientes aspectos de forma individual:
a) Letra (de 1 a 10 puntos).
b) Música (de 1 a 10 puntos).
c) Interpretación (de 1 a 10 puntos).
d) Afinación (de 1 a 10 puntos).
La puntuación final de la pieza será la media ponderada de los cuatro apartados anteriores de la siguiente manera:
a) Letra (30% de la puntuación).
b) Música (30% de la puntuación).
c) Interpretación (20% de la puntuación).
d) Afinación (20% de la puntuación).
Este apartado será valorado en todas las modalidades, pudiendo ser suprimida en caso de los cuartetos por el tema libre.
En el caso del tema libre para cuartetos, la puntuación mínima global de este será de 1 punto y máxima de 10 puntos.
Esta pieza será valorada teniendo en cuenta los siguientes aspectos de forma individual:
a) Letra (de 1 a 10 puntos).
b) Interpretación (de 1 a 10 puntos).
La puntuación final de la pieza será la media ponderada de los cuatro apartados anteriores de la siguiente manera:
c) Letra (60% de la puntuación).
d) Interpretación (40% de la puntuación).
Artículo 25º. Puntuaciones totales
Se sumarán las puntuaciones obtenidas en ambas sesiones de final, ordenándose los premios de mayor a menor puntuación. Los posibles empates se resolverán atendiendo a las puntuaciones del segundo día. Si persistiese el empate, el jurado deberá desempatar realizando una segunda votación.
Artículo 26º. Fallo del jurado
El fallo del jurado tendrá lugar a la finalización de la última sesión del concurso.
Una vez concluido el concurso, las puntuaciones desglosadas se publicarán después del “Domingo de Piñata”.
Artículo 27º. Decorado
El decorado de la agrupación puede estar formado por telón, aplique o ambos. Esto debe quedar reflejado en el formulario de inscripción del concurso.
La entrega y recogida del decorado se realizará una vez terminado el concurso. Su recogida será el lunes día 2 de febrero, de 9 de la mañana a las 13 horas, cuya agrupación que no recoja su decorado en el plazo establecido, pasará a mano del propio ayuntamiento.
CAPÍTULO 5: EL JURADO
Artículo 28º. Composición del Jurado
El jurado estará compuesto por: un Presidente y tres Vocales para todas las modalidades. Estos miembros serán elegidos entre personas galardonadas con el “Pito de Caña”, que serán elegidos por el presidente del jurado, siempre y cuando no estén vinculados de forma directa con algún componente de las agrupaciones.
En caso de no completarse el cupo para conformar el jurado, la Organización completará el mismo con cualquier persona capacitada sin cumplir con el requisito de ser “Pito de Caña”, siempre y cuando no estén vinculados de forma directa con algún componente de las agrupaciones.
Artículo 29º. Elección del Jurado
La “Concejalía de festejos” se encargará de elegir al presidente del jurado para el concurso, y el propio presidente, se encargará de buscar al jurado dentro de los galardonados “Pito de caña”.
El Jurado se presentará públicamente a los directores de las agrupaciones del concurso.
Artículo 30º. Funciones del Presidente del Jurado
a) Cumplirá y hará cumplir las presentes bases.
b) Convocará y presidirá el Jurado en todas las reuniones que sean necesarias para el buen desarrollo del concurso.
c) Se encargará de hacer público el fallo del Jurado.
d) Actuará con voz, pero sin voto.
e) Será el único portavoz del Jurado ante los Representantes Legales de las agrupaciones y ante la Organización.
f) Tendrá la obligación de desestimar la puntuación de un vocal determinado si considera y justifica públicamente y por escrito la causa que lo motiva.
g) Durante el concurso, atenderá las reclamaciones junto con los Vocales si ha lugar.
h) Efectuará en presencia de los Vocales, el recuento de puntuaciones.
i) Se encargará del control de tiempo en escena.
Artículo 31º. Incompatibilidades
Se considerará la incompatibilidad para formar parte del Jurado del Concurso a las personas que cumplan algunos de los siguientes requisitos:
a) Ser representante legal, autor o componente de alguna Agrupación que participe en el Concurso.
b) Ser familiar en primer o segundo grado de consanguinidad (cónyuge, padres, suegros, hijos, yernos, nueras, abuelos, hermanos, cuñados o nietos).
CAPÍTULO 6: PREMIOS
Artículo 32º. Premios por modalidad
Las cuatro modalidades, tanto Infantiles como Juveniles, recibirán los siguientes premios:
a) 1º Premio: trofeo, 400 euros.
b) 2º Premio: trofeo y 400 euros.
c) 3º Premio: trofeo y 400 euros.
d) Resto de agrupaciones: trofeo y 400 euros.
• Canción a la Reina
Como novedad este año, se otorgará cuatro menciones (uno para cada modalidad) a la mejor composición (pasodoble/tango/ parodia) dedicado a la Reina del Carnaval de Isla Cristina.
El ayuntamiento organizará una fiesta de convivencia una vez finalizado el carnaval (cañón de espuma, fiesta de colores y dj´s) entre las agrupaciones participantes del concurso, siendo el día concretado entre todos el domingo día 21 de febrero.
La entrega de premios se realizará el “Domingo de Piñata”. La recogida de premios se hará con el disfraz con el que se haya participado en el concurso el día escogido e indicado por la Organización.
CAPÍTULO 7: PENALIZACIONES
Artículo 33º. Penalizaciones muy graves
Serán motivo de descalificación del concurso y pérdida del premio:
a) La no presentación de la agrupación en el día señalado para participar en el concurso de forma injustificada (las alegaciones serán presentadas a la presidenta/e del jurado).
b) No acatar las indicaciones de la organización, alterar el orden público o el normal funcionamiento del concurso.
c) No respetar los artículos 2º y 3º de las presentes bases con respecto a la edad de los componentes.
Artículo 34º. Penalizaciones graves
Serán motivo de la pérdida del 50% de la puntuación total de la actuación:
El incumplimiento del mínimo y del máximo de instrumentación permitido en las bases durante todo el repertorio.
a) No respetar el número máximo y mínimo de los componentes en escena por cada modalidad, así como realizar las rotaciones de cualquier otro modo no autorizado por la Organización.
b) La intervención no permitida de cualquier figurante.
c) Excederse del tiempo permitido en escena.
d) El Incumplimiento del repertorio establecido.
e) La alteración del orden de interpretación de las piezas.
Artículo 35º. Penalizaciones leves
Serán motivo de penalizaciones leves:
a) El plagio será penalizado con la no puntuación de la pieza interpretada, a criterio único y exclusivo del Jurado.
• Plagiar: “copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias”
• Plagio: “acción y efecto de plagiar”
b) El uso de instrumentos no permitidos en estas bases, será penalizado con la no puntuación de la pieza en que se hayan utilizado dichos instrumentos.
c) Si una agrupación inscrita a concurso decide retirarse antes o durante el desarrollo del mismo, supondrá la pérdida del premio.
CAPÍTULO 8: OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 36º. Derechos de autor
La organización del concurso no se hace responsable del contenido de las letras, música y actuaciones de las distintas Agrupaciones, siendo la responsabilidad única y exclusiva del autor de las letras o el director de la agrupación.
Las canciones habrán de ser inéditas en este concurso y no devengarán derechos de autor por su uso durante los carnavales y actos relacionados con el mismo, dentro o fuera de las fechas de celebración del mismo. Dado lo anterior, las canciones no podrán inscribirse en ningún organismo de protección de los derechos de autor hasta que no hayan finalizado las Fiestas de Carnaval, o si se hiciere, que fuera con la reserva expresa de su libre y gratuita utilización durante estas fiestas y durante otros actos relaciones con la misma, respondiendo las agrupaciones del incumplimiento de esta estipulación.
Artículo 37º. Cabalgata y días de calle
Todas las Agrupaciones que participen en el concurso pueden participar en la cabalgata, siempre y cuando lo hagan con el vestuario utilizado durante el concurso y en el lugar que se les indique.
Para los días de calle, la Comisión encargada del mismo organizará el itinerario de actuaciones de cada agrupación que quiera participar.
Artículo 38º. Autorizaciones
Las autorizaciones para la toma de imágenes o sonido con destino a la retransmisión o comercialización de los actos celebrados en el Concurso se conferirán por la organización del mismo, previa petición dirigida a la misma.
Artículo 39º. Aceptación de las bases
La inscripción en el concurso lleva consigo la aceptación de las presentes bases.
Artículo 40º. Interpretación y cumplimiento de las bases
La Organización delega la interpretación y cumplimiento de las presentes bases en el Jurado.
Artículo 41º. Disposición derogatoria
Estas bases anulan las anteriores, entrando en vigor el día 15 de octubre de 2025.
Las presentes Bases cumplen lo dispuesto en el Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre

Comparte:

Publicar comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.