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Catorce detenidos por tráfico de drogas en Isla Cristina

Dos de los detenidos iban a bordo de una embarcación semirrígida que fue objeto de una espectacular y peligrosa persecución por parte de los agentes de la Benemérita en aguas de la ría del Carreras, cuyo curso bordea el casco urbano de Isla Cristina.

En esa persecución, según las fuentes consultadas, una lancha de la Guardia Civil impactó en dos ocasiones con la popa de la narcolancha, inutilizando uno de sus tres potentes motores fuera borda y obligando a los dos tripulantes a detener la marcha. Los otros doce detenidos fueron presumiblemente detenidos en tierra.

Los agentes de la Guardia Civil se incautaron en la operación de una gran cantidad de combustible, que a tenor de las imágenes a las que ha tenido acceso esta redacción podría rondar los 2.000 litros de gasolina, distribuidos en garrafas de plástico y destinado a suministrar a las embarcaciones.

Fuentes de la Guardia Civil han indicado que este martes el cuerpo emitirá una nota de prensa con los detalles del operativo, enmarcado en el Plan Carteia de lucha contra el narcotráfico.

Las embarcaciones semirrígidas como las utilizadas por los narcotraficantes y contrabandistas de tabaco están prohibidas desde octubre de 2018, cuando el Consejo de Ministros aprobó un decreto-ley. En Gibraltar, estas lanchas están prohibidas desde 1995.

La simple tenencia de estas embarcaciones semirrígidas y neumáticas de alta velocidad (denominadas RHIBS) constituye un supuesto de narcotráfico y permite a las fuerzas de seguridad su inmediata intervención, incluso cuando estén en tierra y sin carga ilícita.

La prohibición afecta, en concreto, a las embarcaciones neumáticas y semirrígidas de alta velocidad de más de ocho metros de eslora, a las de longitud inferior que cuenten con una potencia máxima igual o superior a 150 kilovatios y a cualquier otra embarcación si existen indicios racionales de que puede ser utilizada para el contrabando.
Las excepciones

La prohibición de las narcolanchas, uno de los eslabones básicos en los que se sustenta la actividad de las redes del narcotráfico, fue una vieja reivindicación de los colectivos contra la droga.

Solo quedan al margen de la prohibición las lanchas adscritas a la defensa nacional, a organismos o entidades públicas, a embarcaciones de Estado extranjeras que se encuentren legalmente en aguas españolas, las de organizaciones internacionales y las auxiliares de una embarcación principal.

Están libres de la prohibición, con una autorización previa y tras su inscripción en un registro, las embarcaciones en labores de salvamento y asistencia marítima, las que se utilizan para navegar en aguas interiores o fuera de los espacios marítimos españoles y las dedicadas a actividades empresariales, deportivas, de investigación o recreo que cumplan los requisitos reglamentarios.

 

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