29 marzo 2024

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¿Cuándo se podrá solicitar el ingreso mínimo vital?

¿Cuándo se podrá solicitar el ingreso mínimo vital?

El ingreso mínimo vital que ha aprobado este viernes el Gobierno se podrá solicitar a partir del próximo 15 de junio. Para las solicitudes presentadas en los tres primeros meses, se concederá con efectos retroactivos al 1 de junio.

Esta medida ha sido liderado por José Luis Escriva, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y Pablo Iglesias, vicepresidente segundo del Gobierno.

Además, durante el primer mes de vigencia de la prestación, se actuará de oficio para que se abone a unos 100.000 hogares que cumplen los requisitos, sin que sea necesario que la soliciten. La medida tendrá un coste anual aproximado de unos 3.000 millones de euros

La prestación pretende llegar a 850.000 hogares, un 16% de ellos monoparentales (en un 90% encabezados por una mujer). En estos hogares viven 2,3 millones de personas, un 30% de ellas menores, tal y como han explicado los ministros responsables de la medida.

Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros Extraordinario en el que se ha aprobado esta medida, Escrivá ha explicado que con este ingreso mínimo vital prevén reducir en un 80% la pobreza extrema. Esta situación actualmente afecta a 600.000 hogares y 1,6 millones de personas. Además, ha precisado que esta reducción podría llegar “al 90% en los hogares monoparentales y en otro tipo de hogares con hijos”.

Un avance para “un grupo muy importante de hogares”

El ministro ha apuntado que en los primeros días de junio, podrán reconocer a “un grupo muy importante de hogares” que recibirán de oficio la ayuda.

“Es un ingreso que va a tener un impacto extraordinario de reducción de la pobreza de aquellos que tienen las rentas más bajas”, decía. Además, señalaba que “no es una prestación al uso más, incorpora toda una serie de elementos con otras adminsitaciones públicas”. Todo ello con el objetivo de “introducir ese elemento dinámico de inclusión, ese será el éxito final de la prestación”.

El ingreso mínimo vital parte de 14 tipologías de hogares, en función del número de miembros y de si son monoparentales. De esta manera, se establece un nivel de renta garantizable diferente para cada tipo de hogar.

El nivel mínimo, que corresponde a los hogares unipersonales, es de 5.538 euros al año, el equivalente a una pensión no contributiva. A partir de esta cuantía se establece un coeficiente adicional por cada miembro del hogar y un beneficio para los hogares monoparentales.

Renta media garantizada de 10.070 euros anuales

La prestación está diseñada de forma que completa las rentas preexistentes hasta el umbral garantizado para cada tipo de hogar. Si no se cuenta con rentas, se aseguraría la totalidad del umbral garantizado.

En caso de que si se disponga de ellas, se cubriría la diferencia entre el umbral garantizado y la renta ya existente. De esta forma, la renta media garantizada es de 10.070 euros al año por hogar, mientras que el importe de la prestación será de unos 4.400 euros anuales. El Gobierno estima que costará 3.000 millones de euros al año.

En cada hogar habrá un titular que solicitará la prestación. Si el hogar está formado por una sola persona el titular deberá tener entre 23 y 65 años y llevar al menos tres años constituido como hogar. Si el hogar tiene dos o más miembros, de manera general la edad del titular estará entre 23 y 65 años salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo. Estos hogares deberán llevar constituidos al menos un año.

Para todos los tipos de hogar se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España. Aunque habrá excepciones en las situaciones de violencia de género, trata de seres humanos y explotación sexual.

Para que le sea reconocida la prestación, el hogar debe tener unos ingresos totales inferiores a la renta garantizada para su tipo de unidad de convivencia. Además, para certificar que el Ingreso Mínimo Vital llegue a los hogares más vulnerables, se exigirá un patrimonio (descontando la vivienda habitual) inferior a tres veces la renta garantizada anual para un hogar unipersonal, con una escala de incrementos por número de miembros en el hogar.
Teléfono 900 de información y simulador

La solicitud será multicanal de forma que se podrá presentar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario. Además, se permitirá el acceso a través de los ayuntamientos una vez se firmen los convenios previstos. También en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social cuando retomen la atención al público.

Para facilitar información a los posibles beneficiarios, se pondrá en marcha un teléfono 900 y un simulador en la página web de la Seguridad Social. En dicha web también se podrán consultar dudas a través del asistente virtual.

Además, los beneficiarios contarán con incentivos a la contratación. También se creará un ‘sello social’ para las empresas que les ofrezcan formación y empleo.

“Aquellas empresas que ayuden a estos colectivos y les permitan una mayor integración en el mercado de trabajo o les hagan descuentos en compras, si cumplen determinadas condiciones, van a tener un sello social con un reconocimiento a la labor que están haciendo”, ha explicado Escrivá.

Asimismo, se fomentará la participación en el mercado laboral con incentivos. De esta manera, cuando el titular de la prestación no tenga empleo y lo encuentre, parte de su salario estará exento transitoriamente en el cálculo de la prestación.

En el caso de que esté ocupado, cuando su salario se incremente, la cuantía de la prestación se reducirá en una cantidad inferior. En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Para pobreza sobrevenida por el Covid-19

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior. Eso sí, para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año.

“Si un hogar se da cuenta de que está teniendo una caída de ingresos muy intensa, puede hacer una declaración responsable, nos presenta sus ingresos del año 2020 y si esa caída supera el 50% de la renta que tuvo en 2019 y si tiene un patrimonio particularmente pequeño, recibirá el ingreso mínimo vital”, ha precisado el ministro de Inclusión.

El resultado del Ingreso Mínimo Vital y de las distintas estrategias y políticas de inclusión será evaluado anualmente por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), mediante la emisión de la correspondiente opinión.

El Ingreso Mínimo Vital llegará a 850.000 hogares que se encuentran entre el 17% más pobre de la población. Dicho intervalo de personas cuenta con una renta disponible media que no llega a los 310 euros mensuales. Preguntados por si creen que se puede quedar corta la ayuda, Escrivá ha asegurado que en este caso han tenido acceso “con un nivel de detalle extraordianrio” a la renta de todos los españoles y lo han podido “contrastar con su patrimonio”. 

 

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